Obligaciones Fiscales para Beneficiarios de DACA: Lo Que Necesitas Saber
Actualizado el 12 de abril de 2026
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Respuesta rápida
Los beneficiarios de DACA con autorización de trabajo deben declarar impuestos federales y estatales usando su Número de Seguro Social. Siguen las mismas reglas que otros extranjeros residentes, incluyendo la retención de FICA y la posible elegibilidad al EITC.
¿Los Beneficiarios de DACA Están Obligados a Declarar Impuestos?
Sí - los beneficiarios de DACA (Deferred Action for Childhood Arrivals) con autorización de trabajo están obligados a declarar impuestos federales en EE.UU. El IRS trata a los beneficiarios de DACA como extranjeros residentes para fines fiscales si cumplen la Prueba de Presencia Sustancial o tienen un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Esto significa que tus ingresos mundiales están sujetos a la tributación estadounidense, y las mismas reglas que se aplican a otros trabajadores autorizados se aplican a ti.
¿Qué Documentos Necesitas?
Número de Seguro Social y EAD
Si tienes estatus DACA y autorización de trabajo, se te emitió un Número de Seguro Social (SSN). Este SSN es el que usas para declarar tus impuestos - es el mismo número en tu tarjeta EAD. Usarás el Formulario 1040 (no el Formulario 1040-NR, que es para extranjeros no residentes) para declarar tus ingresos federales.
Documentos esenciales antes de declarar:
- Tarjeta del Seguro Social o documentación del SSN
- Documento de Autorización de Empleo (EAD)
- Formularios W-2 de todos los empleadores
- Formularios 1099 para cualquier ingreso de trabajo independiente o freelance
- Registros de cualquier otro ingreso recibido durante el año
Impuestos FICA: Seguro Social y Medicare
Los beneficiarios de DACA con autorización de trabajo están sujetos a los impuestos FICA - el 7,65% retenido de cada cheque de pago para el Seguro Social (6,2%) y Medicare (1,45%). Tu empleador iguala este monto. Esta retención ocurre automáticamente y cuenta hacia tu elegibilidad futura al Seguro Social y Medicare.
Si trabajas por cuenta propia, pagas las porciones del empleado y del empleador, totalizando el 15,3% sobre los ingresos netos del trabajo por cuenta propia, declarado en el Schedule SE.
¿Puedes Reclamar el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo?
Elegibilidad al EITC para Beneficiarios de DACA
Sí, los beneficiarios de DACA con un SSN válido emitido con autorización de trabajo pueden reclamar el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC). El EITC es un crédito reembolsable para trabajadores de ingresos bajos a moderados. Para 2025, el crédito máximo varía de $649 (sin hijos calificados) a $8.046 (tres o más hijos calificados).
Para calificar, debes:
- Tener ingresos ganados de salarios o trabajo por cuenta propia
- Tener un SSN válido (no un ITIN)
- Cumplir los límites de ingreso bruto ajustado establecidos por el IRS
- No ser reclamado como dependiente en la declaración de otra persona
Plazos para la Declaración Federal
El plazo estándar para la declaración federal de impuestos es el 15 de abril. Para los ingresos de 2025, debes presentar el Formulario 1040 antes del 15 de abril de 2026. Si necesitas más tiempo, puedes solicitar una extensión automática de 6 meses usando el Formulario 4868, que mueve el plazo de declaración al 15 de octubre - pero los impuestos adeudados siguen venciendo el 15 de abril.
Obligaciones Fiscales Estatales
¿Todos los Estados Requieren Declaración?
La mayoría de los estados con impuesto sobre la renta exigen que los beneficiarios de DACA presenten una declaración estatal si ganaron ingresos en ese estado. Nueve estados no tienen impuesto sobre la renta: Alaska, Florida, Nevada, New Hampshire, Dakota del Sur, Tennessee, Texas, Washington y Wyoming.
Tu declaración estatal generalmente sigue tu declaración federal - si eres tratado como residente para fines federales, la mayoría de los estados te tratarán de la misma manera. Consulta el sitio web del departamento de impuestos de tu estado para conocer las reglas de residencia específicas.
Principales Situaciones Fiscales para Beneficiarios de DACA
| Situación | Tratamiento Fiscal |
|---|---|
| Salario con W-2 | Declarado en el Formulario 1040, FICA retenido por el empleador |
| Ingresos de freelance/trabajo independiente | Schedule C + Schedule SE, impuesto sobre trabajo por cuenta propia aplicable |
| Propinas | Deben declararse aunque no estén en el W-2 |
| Ingresos de beca | Gravables si no se usan para matrícula y tarifas requeridas |
Errores Comunes que Debes Evitar
- Declarar con un ITIN en lugar de tu SSN - si tienes un SSN, debes usarlo
- No declarar ingresos de plataformas de trabajo como DoorDash o Uber
- Perder el EITC - muchos beneficiarios de DACA elegibles no reclaman este valioso crédito
- No presentar una declaración estatal cuando es requerida
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Sí. Los beneficiarios de DACA con autorización de trabajo deben pagar impuestos federales y estatales sobre la renta, así como los impuestos FICA (Seguro Social y Medicare), al igual que otros trabajadores autorizados.
Sí, si tienes un Número de Seguro Social válido emitido con autorización de trabajo, puedes calificar para el EITC, sujeto a límites de ingresos y otros requisitos.
Los beneficiarios de DACA con SSN usan el Formulario 1040, la declaración estándar de impuestos individuales de EE.UU.
Este artículo es solo información educativa. No es asesoramiento fiscal, legal o financiero. Para decisiones específicas a tu situación, consulta a un CPA licenciado o Enrolled Agent.