Obligaciones Fiscales con Visa H-1B: Una Guía Práctica
Actualizado el 11 de abril de 2026
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Respuesta rápida
Los titulares de visa H-1B que pasan el Substantial Presence Test son gravados como extranjeros residentes y deben declarar ingresos mundiales en el Formulario 1040, la misma declaración que los ciudadanos americanos. También están sujetos al FICA y deben presentar el FBAR y el Formulario 8938 si mantienen cuentas financieras en el exterior por encima de los umbrales aplicables.
¿Son los Portadores de H-1B Extranjeros Residentes para Efectos Fiscales?
Sí, en la mayoría de los casos. EE.UU. tributa según el estatus de residencia, no la ciudadanía. Tu estatus de residencia para fines fiscales se determina por el Substantial Presence Test (SPT), no por tu tipo de visa.
Pasas el SPT si estuviste presente en EE.UU. por:
- Al menos 31 días durante el año actual, Y
- Al menos 183 días al contar todos los días del año actual, más 1/3 de los días del año anterior, más 1/6 de los días del año anterior a ese
La mayoría de los portadores de H-1B pasan el SPT después de su primer año calendario completo en EE.UU. Una vez que pasas el SPT, declaras como extranjero residente en el Formulario 1040 - la misma declaración que los ciudadanos americanos.
En tu primer año parcial, puedes ser un extranjero de doble estatus (parte no residente, parte residente). Esta situación requiere una declaración de año dividido y es más compleja.
Ingresos que Debes Declarar
Como extranjero residente, declaras tus ingresos mundiales - no solo los ingresos de EE.UU. Esto incluye:
- Salarios en EE.UU. de tu W-2
- Cualquier ingreso freelance o por cuenta propia (incluso de clientes en el exterior)
- Intereses bancarios, dividendos e ingresos de inversiones
- Ingresos por alquiler de propiedades en tu país de origen
Deducciones y Créditos Comunes
Los portadores de H-1B tienen acceso a las mismas deducciones y créditos que los ciudadanos americanos:
- Deducción estándar: $14,600 para declarantes solteros en 2024
- Deducción SALT: impuestos estatales y locales, hasta $10,000
- Intereses de préstamos estudiantiles: si tienes préstamos estudiantiles americanos o extranjeros
- Crédito de impuesto extranjero (Formulario 1116): si también pagaste impuesto en tu país de origen sobre los mismos ingresos, puedes compensar tu obligación fiscal en EE.UU.
Seguro Social y Medicare (FICA)
Los trabajadores H-1B pagan Seguro Social (6.2%) y Medicare (1.45%). A diferencia de algunas otras categorías de visa (notablemente estudiantes F-1 en sus primeros 5 años), los portadores de H-1B no están exentos de FICA desde el primer día.
Cuentas en el Exterior: FBAR y FATCA
Si mantienes cuentas bancarias en tu país de origen:
- FBAR: obligatorio si el saldo agregado superó los $10,000 en cualquier momento durante el año
- Formulario 8938 (FATCA): obligatorio si los activos financieros extranjeros superaron los $50,000 al final del año (declarantes solteros)
Fechas Límite Clave
- 15 de abril: Declaración federal (Formulario 1040) y FBAR (FinCEN 114)
- 15 de octubre: Fecha límite extendida (con Formulario 4868 para federal, automático para FBAR)
- 15 de junio: Fecha límite extendida automática para americanos viviendo en el exterior (no aplica a portadores de H-1B residiendo en EE.UU.)
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Iniciar Diagnóstico GratuitoPreguntas Frecuentes
Sí, en la mayoría de los casos. Los portadores de H-1B que pasan el Substantial Presence Test declaran como extranjeros residentes en el Formulario 1040 y deben reportar sus ingresos mundiales, no solo los ingresos de EE.UU.
Sí. Los trabajadores H-1B no están exentos del FICA (Seguro Social al 6.2% y Medicare al 1.45%) desde el primer día, a diferencia de los estudiantes F-1 en sus primeros cinco años.
Los portadores de H-1B deben presentar el FBAR si los saldos de cuentas en el exterior superaron los $10,000 en agregado en cualquier momento del año, y el Formulario 8938 (FATCA) si los activos financieros extranjeros superaron los $50,000 al final del año.
Este artículo es solo información educativa. No es asesoramiento fiscal, legal o financiero. Para decisiones específicas a tu situación, consulta a un CPA licenciado o Enrolled Agent.